Cinturón Verde alrededor de Antigua Guatemala. Normativas actuales (Mayo 2021)
- Sustentabilidad Arquitectura
- 29 sept 2021
- 11 min de lectura
Actualizado: 22 nov 2021
Es el conjunto de áreas verdes, que sirven para amortiguar los cambios climáticos, reducir la erosión del suelo, permitir la recarga de acuíferos, mejorar la calidad del aire y crear un lugar de recreación para la población y visitantes, bajo el concepto de desarrollo sostenible. (Búcaro & Mc Mannis, 1996).
En la ciudad de Antigua y sus alrededores específicamente en el área del Valle de Panchoy se postulan interrogantes muy importantes en relación al medio ambiente su sostenibilidad y degradación siendo el inicio de una amenaza detectada que puede traer un sinfín de problemas a la comunidad Antigüeña.
¿Existe una delimitación del cinturón verde en la ciudad de Antigua? Limites ya sean naturales, legales o por municipio; en los siguientes párrafos se definirán los alcances y posibles polígonos de este supuesto cinturón verde al mes de marzo del 2021.
De existir un delimitante correctamente aprobado por entidades legales a cargo también aceptado por comunidades y sus municipios, se plantean entonces las próximas cuestiones:
¿Se está preservando el cinturón verde?
¿Las entidades a cargo de velar por la preservación del medio natural cumplen a cabalidad procesos para aprobación de nuevos posibles proyectos que puedan afectar este cinturón verde?
Las preguntas anteriormente planteadas tratan de encaminarnos hacia una visión de alerta y amenaza para el medio natural alrededor de la ciudad de Antigua, una creciente demanda de vivienda local como de turismo internacional conduce a la búsqueda de nuevas residencias que en los últimos 15 años ha ido en aumento y con tendencias a un descontrol de crecimiento; esto unido al poco espacio que resta para nuevas construcciones en la ciudad en las áreas ya establecida como urbanas, requiriendo así “nuevas áreas urbanas” donde un pobre control de parte de autoridades es evidente por una simple razón que va más allá de si se cumplen o no lo procesos, siendo esta que no existen tales procesos, no hay un plan de ordenamiento territorial (POT) aprobado legalmente y establecido por la municipalidad de Antigua por ende no hay suficientes recursos legales para controlar la degradación, la deforestación, nuevos usos de suelos que van en aumento año con año.
Existen algunas leyes y decretos que no son del todo claras y definitivas al área en mención, resaltando unos parámetros normativos interesantes aprobados en 2010 por el concejo municipal de la Antigua Guatemala, es “interesante” ya que lo titulan como:
Parámetros normativos para áreas urbanizables que se localicen dentro del cinturón verde del municipio de Antigua Guatemala
La legislación actual del territorio de antigua es bastante limitada en sus alcances reales para una correcta sustentabilidad de este cinturón verde, parámetros como los que se están por analizar se basan en un área que no esta no definida aun en su totalidad lo que da como resultado parámetros que no son reales y aplicables a todas las áreas. Entrando en materia e iniciando el desarrollo de este análisis, iniciamos con textos de los parámetros normativos previamente mencionados y sus consideraciones las cuales textualmente analizaremos:
CONSIDERANDO: Que la dinámica de desarrollo de la ciudad de Antigua Guatemala y su área de influencia urbana manifiesta una tendencia de crecimiento, que da no desarrollarse ordenadamente y adecuadamente amenazan con alterar las características que la distinguen como patrimonio cultural de la Nación. CONSIDERANDO: Que corresponde al Concejo Municipal del Municipio de Antigua Guatemala, la aprobación del Plan de Ordenamiento Territorial de La Antigua Guatemala, y que son obligaciones del municipio cumplir y velar porque se cumplan los fines y deberes del Estado, CONSIDERANDO: Que los instrumentos regulatorios del desarrollo territorial del municipio, vigentes hasta la fecha no permiten ordenar con mayor especificidad las áreas urbanizables del cinturón verde del municipio. “Parámetros normativos para áreas urbanizables que se localicen dentro del cinturón verde del municipio de Antigua”, Municipalidad Antigua, 2010.
En el texto citado se hace mención que deben tomarse medidas para mitigar los problemas de crecimiento urbano desordenado, resaltando claramente que los instrumentos regulatorios del municipio no son específicos ni cumplen con regular y mitigar esta problemática. Con esto la teoría planteada al inicio de estos textos, con las preguntas propuestas, hacen tener ya un primer fundamento y confirmando que realmente existe un desorden en el crecimiento urbano y que los instrumentos son insuficientes, ya que legalmente esta inscrito en este documento, aprobado y vigente por la municipalidad de Antigua Guatemala.
Se procederá analizar cada uno de los parámetros en los cuales se encuentre deficiencias, tanto legales como administrativos y/o municipales.
ARTÍCULO 2.- Campo de Aplicación. Los parámetros normativos aplican únicamente a las aldeas siguientes: San Felipe de Jesús, El Hato, San Mateo Milpas Altas, San Juan Gascón, Santa Inés del Monte Pulciano, Santa Ana, San Cristóbal El Bajo y San Cristóbal El Alto, “Parámetros normativos para áreas urbanizables que se localicen dentro del cinturón verde del municipio de Antigua”, Municipalidad Antigua, 2010
La aplicación del campo de trabajo deja muchas áreas sin proteger o sin tomar en cuenta creando un gran vacío para el resguardo de la cobertura natural alrededor de Antigua que debe ser tomada por la municipalidad de Antigua ya que esta entre sus alcances municipales. Citando unos ejemplos de áreas no tomadas en cuenta como lo son: Pueblo Nuevo, San Gaspar Vivar, Sta. Catarina Bobadilla, San pedro la huertas, San Juan Obispo, área natural a lo largo de ruta Nacional RN14 que rodea la ciudad y que debería tener injerencia de resguardo la municipalidad de Antigua.
ARTÍCULO 3.- Definiciones. Para erectos de aplicación e interpretación del presente acuerdo se entenderá por: 1. Áreas Urbanizables: Se entenderán por Áreas urbanizables tanto las áreas que ya cuentan con una infraestructura urbana (calle, servicios básicos, equipamiento y otros conexos.), como aquellas que carecen de Infraestructura pero, poseen vocación para ser desarrolladas como áreas urbanas. 2. Cinturón Verde: Comprende los cerros y montañas con cobertura boscosa que se encuentran alrededor de la Ciudad, en las que, con el fin de preservar el paisaje natural que la rodea, los recursos naturales, la biodiversidad, y minimizar el riesgo de desastres naturales por deslizamientos de tierras, queda prohibida la tala de árboles y la construcción de edificaciones, salvo en áreas de que se consideren urbanizables. “Parámetros normativos para áreas urbanizables que se localicen dentro del cinturón verde del municipio de Antigua”, Municipalidad Antigua, 2010.
En el articulo 3 también se encuentran incongruencias, ya que el texto dicta que “el cinturón verde” comprende los cerros y montañas -con cobertura boscosa- que está por demás decirlo que todas tienen tal cobertura, -que se encuentren alrededor de la ciudad- por ende el texto deja claro que debe/debería ser tomado en cuenta cada área con cobertura boscosa en Antigua no solamente las mencionadas en el 2do articulo. El articulo termina con una oración interesante que menciona “los que se consideren” urbanizables no tomarlos en cuenta. Necesitaremos del artículo 4 para entender esas “consideraciones”.
ARTÍCULO 4.- Criterios de definición de áreas urbanizables dentro del Cinturón Verde: Estas dependen de las características naturales que tenga cada área en cuanto a topografía e irografía y su nivel de ocupación constructiva. Se establecen las siguientes: Áreas Urbano Consolidadas: Es el espacio físico construido que está ocupadas por las aldeas, caseríos, cantones u otras formas de ocupación. Áreas Urbanizables Tipo 1: Constituye las áreas, predios o parte de predios con pendientes del nivel natural del terreno menores o igual a once por ciento (11%). Áreas Urbanizables Tipo 2: Constituye las áreas, predios o partes de predios con pendientes del nivel natural del terreno mayor de once por ciento (11% ) y menores o igual a dieciséis por ciento (16% ). “Parámetros normativos para áreas urbanizables que se localicen dentro del cinturón verde del municipio de Antigua”, Municipalidad Antigua, 2010.
El artículo 3 deja abierta la puerta al cambio de uso de suelos a “consideraciones” las cuales en el artículo 4, hace mención solamente de 3 criterios 1. Topografía y sus pendientes, 2.Orografía del terreno (aunque se menciona “irografia” no hay una descripción para esta palabra aplicada en los textos del articulo), 3. Áreas urbanas consolidadas, descripción que deja aún más una incógnita de los alcances. No hace falta mencionar completamente el artículo 1, pero rescataremos una pequeña oración “tienen por objeto establecer los aspectos técnicos para normar la organización del uso de suelo” lo cual el único aspecto técnico es las inclinaciones y cuevas de nivel de los suelos, lo que sigue dejando grandes vacíos para realmente tener un instrumento, documento o alguna base para realmente resguardar el cinturón verde de Antigua.
Pues bien, la amenaza se está evidenciando claramente en los textos citados los cuales se resaltaron destacando la debilidad legal y municipal que es muy grande, dejando una vulnerabilidad ambiental alarmante.
El inicio principal de la problemática es no contar con un ordenamiento territorial en Antigua Guatemala que especifique, unifique y legalice todos estos factores, como alcances sobre el tema de resguardo ambiental, proseguiremos entonces con un pequeño análisis del plan de y ordenamiento territorial, (Documento técnico de soporte) para Antigua Guatemala elaborado por el IDOM, en diciembre del 2018, análisis sobre en los primeros capítulos del documento el cual se estudia ya que es uno de los más completos y actuales al cual nos podemos referir a fecha de Mayo 2021.

“Plan de y ordenamiento territorial, (Documento técnico de soporte) para Antigua Guatemala”, elaborado por el IDOM, 2018
El límite municipal simbolizado en color rojo en el siguiente mapa se corresponde con el delimitado por el Instituto Geográfico Nacional (IGN), organismo oficial encargado de la elaboración de la información cartográfica nacional mediante el Acuerdo Gubernativo No. 548-2006. Este límite cuenta con algunas problemáticas debido a la escala en que se ha elaborado y a la falta de detalle de mismo. Asimismo, si se superpone el polígono de predios facilitado por la municipalidad (RIC), representado en el mapa con el color azul, con el de los límites administrativos municipales del IGN, se observa que en ocasiones se sobrepasan los límites y, en otros puntos, no los alcanza. Esta discrepancia se aprecia en los siguientes municipios:
San Bartolomé Milpas Altas. Los predios sobrepasan los límites en la zona sur.
Santa Lucía Milpas Altas. El solape se produce al este a lo largo del límite divisorio.
Magdalena Milpas Altas. Las fronteras se sobrepasan puntualmente en el norte y sur.
Santa María de Jesús. La extensión de los predios se sobrepasa en el Cerro Cucurucho y en la zona del Volcán de Agua.
Jocotenango. Según los predios de la municipalidad la zona suroeste pertenece a la cabecera departamental. Por otra parte, en base a los límites administrativos del IGN la aldea La Rinconada forma parte de La Antigua Guatemala, pero realmente se localiza en Jocotenango.
Pastores. Se sobrepasa los límites en la zona sureste.
San Antonio Aguas Calientes. La municipalidad no reconoce la parte oeste de Retana como propia de La Antigua Guatemala.
Ciudad Vieja. El límite administrativo del IGN atribuye a la cabecera departamental parte del Volcán de Agua, además del centro de población San Miguel Escobar dividiéndolo en dos.
Los párrafos anteriores reúnen información suficiente para comprobar uno de los planteamientos iniciales, la no claridad en los límites municipales geográficos, por ende los límites naturales tampoco están del todo definidos, al momento de iniciar cualquier planeación o iniciar trámites legales que tengan que ver con definir los usos de suelos para determinadas áreas habrá un sinfín de supuestos para aprobar o no estos cambios, los cuales estarán sujetos a la decisión superficial del ente encargado o persona encargada que tenga la potestad para otorgar estos cambios, indicando así pues una posible desviación de información y decisiones para con los suelos y el ambiente alrededor de Antigua Guatemala.
Siguiendo con la intención de este texto investigativo resaltando la importancia relacionada a la problemática de cinturón verde y sus alcances en la Ciudad de Antigua, junto con el documento elaborado por el IDOM, se analiza lo siguiente:
Estructuración de La Antigua Guatemala. Se recoge una sectorización realizada en función del carácter de los diferentes entornos que se distinguen en la ciudad y los agrupa en 6 zonas y una séptima destinada a áreas protegidas. La clasificación es la siguiente: • Zona I: Zona de Restricción Máxima. • Zona II: Unidades Urbanas Integradas. Se trata de barrios tradicionales próximos al casco. •Zona III: Áreas de Amortiguamiento Urbano. Consiste en áreas urbanizadas con alta proporción de cobertura boscosa. Su función es crear una franja de protección para el centro urbano • Zona IV: Sub-centros urbanos. Es la superficie inmediata tras las áreas de amortiguamiento. • Zona V: Áreas Comerciales. • Zona VI: Áreas Industriales. Grafica 1
Usos de suelo. Partiendo de la base de las características físicas y socioeconómicas el municipio ha ido conformando su morfología adaptándose a los condicionantes que han ido surgiendo dando como resultado los usos de suelo actuales.
• La alta proporción de bosques y medios seminaturales respecto a la superficie de los otros usos viene heredada de las condiciones topográficas del terreno, donde la pendiente es superior al 16% en gran parte del territorio, es decir, que no es apto ni para la construcción ni para la agricultura.
• Los terrenos artificializados de disponen principalmente en dos zonas del fondo del valle: o La huella urbana principal se estructura en torno al eje de comunicación norte-sur departamental la antigua RN-14 y su conexión este en dirección Ciudad de Guatemala, RN10. La segunda agrupación, en cambio, crece entre el Río Pensativo y el Volcán de Agua. Grafica 2 “Plan de y ordenamiento territorial, (Documento técnico de soporte) para Antigua Guatemala”, IDOM En diciembre del 2018

Grafica1,IDOM

Grafica2,IDOM
Al hacer uso del traspale de las gráficas y de su información se llega a determinar que si bien el documento realizado por el IDOM, Plan de y ordenamiento territorial, (Documento técnico de soporte) para Antigua Guatemala” es muy técnico y contiene información de mucho interés y veraz, pero presenta algunas fallas que viene también a demostrar la necesidad de un documento POT aprobado por las entidades legales encargadas, entidades municipales, sobre todo comunidades locales y su población, ya que las gráficas demuestran en este traslape zonas urbanas con zonas boscosas sin una clara división.
En la primera gráfica se dividen las zonas en VII de las cuales todas son urbanas, pero resaltando la zona III que se dictamina como altamente boscosa pero solamente funciona como “amortiguamiento urbano” pero que también se pude urbanizar, dejando así la zona VII como área protegida la cual solamente se basa de nuevo en las pendientes y topografía natural, no se basa en la diversidad boscosa, no en las áreas naturales necesarias dentro de la ciudad, tampoco se toman en cuenta los asentamientos naturales, los cultivos, entre otros. Desde la perspectiva territorial organizativa de dividir en zonas se visualizan las zonificaciones muy generales creando nuevamente vacío importantes si bien estas graficas se encuentran en el apartado de diagnóstico, son importantes ya que serán la base de partida para definir el POT municipal, por lo cual una zonificación aún más precisa es necesaria, ya se aldea por ladea, zona boscosa por zona en la ciudad misma, así como especificar los usos de suelo de cada asentamiento y sus alrededores.
Siguiendo con la gráfica 2 la cual contiene información muy importante relacionada a la tipología natural que existe, la ubicación exacta de la misma, topografías y limitantes municipales como limitantes de rio Guacalate y Pensativo, por lo confirma que la gráfica 1 no es necesariamente lógica a la hora de zonificar los usos del suelo actual ya que como se resaltó son zonificaciones muy generales.
Conclusiones de las problemáticas encontradas
La problemática del resguardo del cinturón verde de Antigua y su delimitación geográfica analizada se divide en tres grandes ejes.
I. Debilidad en que la municipalidad y entes encargados tienen de velar por el resguardo del área natural en mención que rodea la ciudad de Antigua, esto como se pudo evidenciar es por la falta de documentos e instrumentos que contengan unos lineamientos aplicables legalmente para cada área de la Antigua Guatemala, indicando por el POT municipal y continuando con falta de planes de manejo ambiental aplicable a Antigua por parte del CONAP, SIGAP, CONAMA, INGUAT, SEGEPLAN, entre otras.
II. Poca legibilidad y limitación al área del cinturón verde para su resguardo, ya que también como se demostró en los argumentos anteriores el área no está claramente definida ni en la municipalidad de Antigua, ni en documentos por parte de entidades Ambientales, con esto, los alcances de mitigación para poder controlar los cambios de usos de suelo, las deforestaciones, los asentamientos, los vertederos de basura clandestinos no son suficientes dejando como muchas veces se trató en este texto un gran vacío para con el resguardo ambiental.
III. Sesgo de información, permisos y procesos legales para con las áreas protegidas y el cinturón verde, -esto debido a los dos ejes iniciales- la creciente demanda de viviendas, zonas de urbanización, áreas industriales y áreas de siembra, creando un nuevo desarrollo urbano que aumenta el terreno de contacto entre los centros de cada aldea, o en todo caso municipio, reforzando un vínculo y potenciando la conurbación.
De no detenerse el avance sistemático y no controlado de las nuevas siembras, industrias, urbanizaciones y sus ubicaciones dentro de las áreas de zona verde o cinturón verde de Antigua se pondrá en riesgo una cobertura boscosa envidiable para cualquier ciudad.
Referencias:
“Parámetros normativos para áreas urbanizables que se localicen dentro del cinturón verde del municipio de Antigua”, Municipalidad Antigua, 2010
Plan de y ordenamiento territorial, (Documento técnico de soporte) para Antigua Guatemala elaborado por el IDOM En diciembre del 2018
CONAP, Consejo Nacional de Áreas Protegidas
SIGAP, Dirección de Desarrollo del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas




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